¿Cómo funciona? ¿De qué manera es posible participar en la Banca Ética?
La Banca ética, al igual que cualquier entidad bancaria, es una institución donde cualquier persona o personalidad jurídica puede depositar sus ahorros.La diferencia es, que cada entidad, generalmente ha invertido dichos ahorros, traducidos a capital en circulación, en inversiones donde a cambio de recibiría el máximo beneficio. Es decir, estas inversiones se hacían a ciegas de los ahorradores.
En cambio, la banca ética, ofrece máxima transparencia, además de poder de decisión de a qué colectivo o ámbitos serán destinados la inversión de sus ahorros.
Las inversiones pueden realizarse, bien en bolsa o a través de financiar proyectos. Para determinar si los proyectos son son acorde al objetivo de la iniciativa se somete a un comité de valoración, el cual califica el proyecto por sus trabajo o sus inversiones posteriores.
Otro punto que caracteriza a la banca ética e el hecho de conceder créditos a familias o entidades que en otros bancos no sería posible que les fueran concedido debido a su poca solvencia.
Los criterios que debe seguir para poder participar en las votaciones, decisiones, recibir información continua... puede ser por dos vías siempre que estén constituidas legalmente sería cualquier persona jurídica o persona civil.
Deben darse los siguientes pasos:
Rellenar un documento llamado convenio de Colaboración en Capital social y enviarlo.
El pago puede ser tanto en metálico, como por transferencia bancaria.
Puede ser realizado el pago de manera fraccionaria, en 2 o 3 plazos mensuales o trimestrales.La cantidad mínima que una persona debe ingresar para poder tomar participación es de 300€, y 600€ para una entidad jurídica.
Donaciones.
Es posible realizar aportaciones para cubrir gastos de la entidad, por parte de cualquier persona o entidad jurídica.
Asociados.
Cualquier empresa puede asociarse a Fiare, es decir, a la entidad con criterios de banca ética.
Cuando el capital es superior a 600€, al menos un 1/3 debe ser desembolsado en el pago inicial.
Igualmente el pago podrá ser en metálico, trasferencia o domiciliar cuenta.
Documentos:
Solicitud de inscripción,
o certificado de decisión de asociación,
fotocopia C.I.F, escritura de constitución y poderes de la entidad,
estatutos de asociación y fotocopia DNI de la persona apoderada.

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